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Una invidente denuncia a un bar que le negó el acceso al comedor por ir con su perro guía

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Perro guía durante una experiencia en la emisora británica BBC
Perro guía durante una experiencia en la emisora británica BBC
La afectada era clienta del local, pero señala que siempre se quedaba en la terraza y nunca había estado en el comedor en este establecimiento La denuncia pública ha generado cientos de reacciones en las redes sociales Los propietarios del bar niegan que tuvieran intención de impedir el acceso  La Ley 10/2007 sobre Perros de Asistencia para la Atención a Personas con Discapacidad, considera infracción grave impedir el "acceso, deambulación y permanencia" y prevé por ello una sanción de entre 300, 01 a 3.000 euros
Una vecina de Barakaldo con discapacidad visual ha denunciado que un bar le ha impedido acceder al comedor por el hecho de que acudía con su perro guía, una actuación que está prohibida por la ley. La afectada ha señalado a BarakaldoDigital que advirtió de las consecuencias legales y entonces los responsables del local alegaron que no había mesa libre. El episodio ha supuesto incluso la presencia policial debido a que no se facilitaban hojas de reclamaciones a la clienta. Los propietarios del establecimiento han negado que hubiera voluntad de impedir la entrada con el animal, han reiterado que no había lugar en el comedor y se han mostrado consternados por la repercusión del incidente, al tiempo que han apostado por una solución dialogada. Según indican, en 30 años de trayectoria nunca han tenido un problema de este tipo.
La denunciante ha explicado que los hechos se registraron el 30 de diciembre, sobre las 14.00 horas, cuando en compañía de otra persona acudió al establecimiento del barrio de San Vicente y solicitó una mesa para tres. El inconveniente surgió cuando la camarera, al salir de la barra, descubrió la presencia del animal y entonces le negó el servicio con el argumento de que los perros no pueden acceder al comedor y que podía molestar al resto de comensales. Los dueños del bar han admitido que este último comentario fue "desafortunado".

La vecina le explicó las circunstancias a la trabajadora, pero ante la reiteración de la negativa, optó por solicitar la presencia del encargado, del que obtuvo la misma respuesta. La clienta ha indicado que entonces le advirtió de que llamaría a la policía y que podía ser sancionado con una multa, ante lo que el responsable cambió de argumento y entonces planteó que no había sitio libre, a pesar de que la mesa seguía sin ocupar. Los propietarios del local han asegurado a BarakaldoDigital que no había mesa libre y que ofrecieron ubicar a la mujer en otro espacio, pero ella lo desestimó. Al respecto, la afectada ha dicho que la propuesta fue situarla en la zona de la barra, que, como la terraza, en un espacio donde los clientes suelen estar con perros.

A esta actitud se sumó el hecho de que el encargado no facilitó hoja de reclamaciones porque dijo que no tenía. La emplazó a volver al día siguiente y cuando regresó, repitió que no disponía del documento y que acudiera el 4 de enero. Ante la respuesta, la mujer llamó a la policía y entonces el hostelero facilitó la hoja de reclamaciones, pero los agentes de la Ertzaintza ya estaba de camino al lugar y levantaron un parte. Desde el bar alegan que, dadas las fechas, estaban desbordados de trabajo y, de una manera que reconocen como equivocada, emplazaron a otro momento para facilitar las hojas de reclamaciones.

La mujer con discapacidad visual, muy afectada por este episodio en un establecimiento al que solía acudir, ha señalado que le había sucedido algo similar en otros locales pero al explicarles la norma se había resuelto el incidente. En este caso no ha sido así y la vecina advierte de que es necesario denunciar estos caso. "No se puede renunciar a los derechos. Hay que luchar por una sociedad inclusiva", ha indicado.

La Ley 10/2007, de 29 de junio, sobre Perros de Asistencia para la Atención a Personas con Discapacidad, del País Vasco, considera infracción grave "impedir el acceso, deambulación y permanencia a las personas usuarias de un perro de asistencia que vayan acompañadas por él en cualquier lugar público o de uso público de los definidos en el artículo 5 de la presente ley, cuando estos sean de titularidad privada". Para estos casos, la sanción prevista es multa de 300, 01 a 3.000 euros.

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